El colegio Concertado Salesianos Santísima Trinidad de Sevilla, durante 6 meses, han privado a dos alumnos con una y dos asignaturas negativa el titulo de la ESO, impidiéndoles que cursen el Bachillerato como les correspondía, vulnerando sus derechos. Se acogen a una normativa (art. 10 Orden 10/8/2007) que no respetan y no tienen pudor ni talento en reconocer a alumnos, padres y a la Consejería de Educación que la vulneran.
La Orden lo permite, y así la propia C. de Educación le hace saber al centro que su decisión no es coherente con los criterios de titulación de la mencionada Orden, y pese ha saber que no estaban cumpliendo con la normativa, tres veces han negado la titulación a los alumnos alegando incoherencias, como así les ha hecho saber la propia Consejería de Educación, tan incoherentes que en un delirio supino reconocen fehacientemente que vulneran la legalidad “ que en ningún caso en los salesianos se ha otorgado la titulación a alumnos con materia suspendida”.
Presionados para que cumplan la legalidad por la C. de Educación, y no pudiendo argumentar su decisión, ante la segura resolución de la Consejería de Educación titulando a los alumnos, deciden después de 6 meses, para evitar posible sanción, la titulación de los alumnos.
Se da la circunstancia que a la profesora de historia durante el curso se le hizo una reclamación en el centro y en la Consejería de Educación, por supuesto acoso y vejaciones a uno de los reclamantes, esta lo suspende intencionadamente con un “DOS”, tras la oportuna reclamación en la Consejería de Educación y verificado el examen, por Consejería de Educación, el alumno es calificado con un “CINCO”. La profesora sigue dando clases, cuando en cualquier organización de pírrica estructura, estaría despedida de facto.
El menor asiste sorprendido como el equipo educativo actúa, con un criterio frontalmente opuesto al que predican. Frente al respeto a la ley como norma de conducta que le han enseñado ven como esos profesores vulneran la ley, la sustituyen por sus propios caprichos y pisotean sus derechos como alumno y persona. Este brutal contraste ha acarreado al alumno un daño moralmente irreparable, por un lado, pero por el otro le han causado la pérdida de un año escolar y que su futura incorporación al mercado laboral se retrase en un año. Esta situación fuerza al padre del alumno a tener que ejercitar las acciones correspondientes ante los Tribunales de Justicia en los que deposita su confianza para reparar en lo posible, el daño causado.
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